Ya está aquí la gran reforma. El pasado mes de enero entraba en vigor la nueva ley de garantías para coches de segunda mano y bienes usados. Una nueva normativa que trae consigo nuevos cambios, especialmente para el sector de la venta de vehículos para profesionales.
Hasta la fecha, la ley exigía un periodo mínimo de un año para operaciones entre profesionales. Ahora, con el nuevo Real Decreto Ley 7/2021, dichos plazos han quedado modificados y ampliados. A partir de este año 2022, si realizas una compraventa de coches de ocasión o de segunda mano tendrás más derechos y garantías como consumidor por Ley ante posibles fraudes y averías.
Las garantías para profesionales de la venta del motor se amplía hasta los dos años
Para los profesionales de la venta de vehículos de segunda mano la cobertura ha quedado ampliada hasta los dos años. Solo puede ser limitada hasta el año siempre que se pacte expresamente dicha rebaja de mutuo acuerdo y se estipule en el contrato de compra-venta en el momento de la venta.
Además, la ley también contempla coberturas en los conocidos como “vicios ocultos”. Es decir, todos los defectos, fallos y averías que el vendedor sabía que los coches sufrían pero que no son reflejados al comprador en el momento que se realiza la venta.
Cómo afectara la ley al sector profesional de la compraventa de vehículos
Si se aplica la nueva Ley de Garantías al sector profesional de la venta de vehículos de segunda mano -teniendo en cuenta tanto la ampliación del periodo de garantía como la contemplación de los “vicios ocultos” en los vehículos- los profesionales deberán responder y hacerse responsables de forma obligada de las faltas de conformidad que se puedan presentar en los doce meses posteriores a la entrega si esta se encontraba presente en el momento de la venta.
Es decir, el profesional tendrá que hacerse cargo de cualquier falta de conformidad que sufra el vehículo durante doce meses desde la venta, siempre que el desperfecto no se haya producido por el uso de la persona con la que acordó y formalizó la venta.
Una vez pasados los doce primeros meses de la venta, los desperfectos que puedan ir ocurriéndole al vehículo solo serán cubiertos por la garantía si se prueba que dicho fallo es consecuencia de un “vicio oculto” y no del propio uso del comprador.
La ley no responde a las necesidades del vendedor ni del comprador
En resumen, el vendedor tendrá que hacerse cargo de las averías y desperfectos que sufra el coche en los doce meses posteriores a la venta ya que la ley prácticamente asume que dicha situación es como consecuencia de un “vicio oculto”.
Y el comprador, pasados los doce primeros meses, quedará desprotegido ya que tendrá que seguir demostrando que la avería no es ocasionada por su uso sino por un desperfecto con el que ya contaba el vehículo en el momento que realizó la compra.
Una solución para el profesional de la mano de AUTO CARE
Motivo por el que desde AUTO CARE hemos decidido tomar cartas en el asunto y presentar para todos los profesionales de la venta de vehículos de ocasión y segunda mano la herramienta perfecta con la que cubrirse ante los imprevistos que puedan surgir con la nueva Ley de Garantías. Presentamos los servicios de “Falta de conformidad” y de “Verificación Estática”.
Con el servicio "Falta de conformidad", los vendedores que necesitéis comprobar el origen, causa y responsabilidad de una avería podréis realizar un informe y un peritaje de la misma que os ayudará a determinar el grado de responsabilidad que podéis tener respecto a ella teniendo en cuenta la fecha de venta.
Además, si no se está conforme con el informe y el presupuesto del taller o importe de la avería reclamada por el comprador, se podrá realizar una contraperitación que garantice que el precio de reparación se ajusta a los precios más asequibles del mercado.
Por otro lado, si lo que verdaderamente se necesita es dar a conocer de forma transparente y segura el estado real de un vehículo en venta a un comprador, con el servicio de verificación estática de AUTO CARE podrás aumentar y potenciar tus ventas.
Mediante este servicio, los clientes conocerán de forma fiable, clara y con un perito externo las condiciones en las que se encuentran los vehículos en venta. Así, se otorgará mayor tranquilidad y seguridad al mismo tiempo que se conseguirá un informe completo que podrá ser útil en caso de tener que verificar, una vez realizada la venta, la situación y responsabilidad en caso de avería.
¿Quieres recibir más información sobre la nueva ley de garantías, los servicios de “Falta de conformidad” y de “Verificación Estática o “Extensión de Garantía Comercial”? Ponte en contacto con nosotros a través de nuestro formulario y resolveremos todas tus dudas de mano de nuestros expertos.