Esta es la documentación que debes llevar sí sí en tu vehículo para evitar multas

Tener los neumáticos en buen estado, los cinturones perfectamente colocados, las luces en funcionamiento y los papeles del vehículo dentro del mismo, son los aspectos esenciales que cualquier conductor ha de llevar cuando haga uso de su coche. La Dirección General de Tráfico (DGT) puede multar a aquellos conductores que no tengan la documentación disponible.

Los conductores, ciclistas, usuarios de patinetes eléctricos e incluso los peatones se han visto afectados por los cambios introducidos por la nueva Ley de Tráfico. Con ella se han endurecido las sanciones en materia de seguridad vial e impacto ambiental.

Desde la Dirección General de Tráfico (DGT) advierte que hay que tener tres tipos de documentos a la hora de conducir, independientemente de la vía. Aunque viajes para recoger a tu hijo del colegio o ir de compras, es imprescindible que lleves contigo estos documentos. También se aplica para coches alquilados.

La documentación necesaria para evitar una multa es:

1. Permiso de conducir del conductor

Este es el documento de identificación del conductor y debe ser válido en todo momento al utilizar cualquier vehículo. Debe estar dentro del período de vigencia y corresponder a la respectiva categoría (A, B, C, D y E).

2. Permiso de circulación

También conocido como certificado de matriculación, es un documento europeo que garantiza los datos del vehículo: fecha de matriculación, características, uso previsto y derechos de propiedad. Y es que desde el año pasado es posible digitalizar los permisos en tu teléfono móvil, gracias a la app gratuita miDGT que permite, entre otros servicios, descargarlos.

3. Tarjeta de Inspección Técnica (ITV)

Es específico del vehículo (sin nombre del propietario) y refleja sus características: marca, modelo, número de identificación, cilindrada, capacidad, emisiones… Es obligatoria llevarla desde la primera inspección técnica del vehículo (para turismos de 4 años en adelante), con un sello válido colocado en el parabrisas del vehículo.

Multas por no llevar alguno de los documentos

La falta de presentación de uno de estos documentos puede dar lugar a una multa administrativa. Las copias regulares no son válidas, solo se aceptarán copias certificadas (solo en viajes realizados en España).

  • Llevar el carné de conducir caducado o una dirección que no coincida con el DNI puede acarrear una multa de 80 euros.
  • Conducir un vehículo sin su permiso o mostrando un carné de conducir falso o ajeno, multas de hasta 500 euros más la pérdida de 4 puntos.
  • La no superación de la ITV o su terminación dará lugar a una multa de entre 100 y 500 euros, y finalmente, si el vehículo no está asegurado, será multado con entre 600 y 3.000 euros.

Si bien se requiere un seguro de daños frente a terceros para todos los vehículos, a partir de 2008, la póliza de seguro y el recibo de pago final ya no son obligatorios.

En el caso de vernos involucrados en un accidente en carretera o si un agente de movilidad nos para, serán los primeros documentos a consultar.

 


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